La justicia catalana sonríe a su consejero de sanidad
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha rechazado la querella que diversas asociaciones ciudadanas habían puesto contra el consejero de sanidad catalán, Boi Ruiz, conocida en las redes sociales como #QuerellaBoi.
En su texto dicho organismo no valora los hechos denunciados sino que intenta justificar la inadmisión con una mezcla de argumentos que presuponen una investigación que no se ha hecho e incluso como comentan los demandantes -la PARS, Plataforma Contra los Recortes Sanitarios-, “de errores y omisiones sobre el contenido del texto presentado contra el Conseller de Salud Boi Ruiz y su equipo”.
Sorprende que el Auto diga que “los hechos en que se funda no eran constitutivos de delito“. Sorprende porque los manuales de Derecho dicen – y la Ley Procesal certifica –, que primero se instruye, es decir, se investiga y luego se hace el juicio para determinar si unas personas responsables de unos hechos los han realizado lícita o ilícitamente. Sin investigación, se ha dictado Sentencia.
Parece que el Tribunal no ha leído la querella o al menos no lo ha hecho en su totalidad, ya que en ella no se denuncia a Ruiz por la incompatibilidad en puestos anteriores a ser conseller (que, como debe de saber el Tribunal, no son motivo de incompatibilidad por ser precisamente anteriores), sino por los cargos privados que el demandado simultanea con su función pública.
Según se documenta en la querella con una Nota Registral, el Conseller de Salut no ha dejado de ser Presidente de una empresa sanitaria privada –Know How Advicers SL, creada junto con su mujer e hijos el año 2008. El texto del Tribunal también obvia el nombramiento como directiva en la corporación sanitaria Parc Taulí de Sabadell de la esposa del Conseller de Salut, Maria Victòria Morón Mendicuti, mientras su marido era Conseller.
Tampoco se mencionan otros hechos graves desarrollados en la querella:
incumplimiento de la legislación en materia de Listas de Espera, ocultación y manipulación de datos, incompatibilidades de otros querellados (Josep M. Padrosa, Josep Prat Domènech), incumplimiento de normativas sobre el número máximo de población a la que puede dar servicio un Centro Sanitario, cierre de centros, de plantas, impedimento del ejercicio del derecho a la protección de la salud, etc.
La PARS ha presentado un recurso de súplica para intentar que se abra de una vez el caso. Leed el análisis que hace de la situación Carlos Jiménez Villarejo, Fiscal Anticorrupción jubilado. Y si queréis comprender el “baile” de cifras de las listas de espera que ameniza Ruiz, os dejo este vídeo que ha preparado la PARS.
“Justicia catalana” pero no “asociaciones ciudadanas catalanas“. Pues vale, tú sabrás lo que haces.