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Un fiscal preocupado por los sobornos de la industria farmacéutica a los médicos (II)

Continuamos publicando la serie basada en el artículo jurídico titulado Límites legales en la relación entre el profesional sanitario privado y público y la industria farmacéutica que nos ha enviado el fiscal Valentín José de la Iglesia Palacios:

3.- El principio de independencia del personal sanitario implicado en el ciclo de prescripción, dispensación y administración de medicamentos. Los principios de objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, transparencia, ejemplaridad, austeridad, eficacia y honradez del funcionario público, en particular

3.1.- El principio de independencia

Es igualmente indiscutible que el principio de eficiencia referido al comienzo de esta exposición exige que los profesionales sanitarios –sean o no funcionarios– tengan en consideración criterios exclusivamente científicos o profesionales a la hora de expedir la correspondiente receta, principio que a su vez podríamos denominar “principio de independencia (o de libertad si se prefiere) del profesional sanitario”, al que se refieren numerosas disposiciones legales y reglamentarias.

Así, se encuentra formulado de manera negativa en el artículo 94 de la Directiva 2001/83/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2.001, a cuyo tenor

“queda prohibido otorgar, ofrecer o prometer a las personas facultadas para prescribir o dispensar medicamentos y en el marco de la promoción de los mismos frente a dichas personas, primas, ventajas pecuniarias o ventajas en especie, con excepción de aquellas que tengan un valor insignificante y que sean irrelevantes para la práctica de la medicina o la farmacia” (apartado 1) y “las personas facultadas para prescribir o dispensar medicamentos no podrán solicitar o aceptar ninguno de los incentivos prohibidos en virtud del apartado 1 o contrarios a lo dispuesto en el apartado 2” (apartado 3).

En términos muy similares el artículo 3.6 de la ya referida Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios señala que

“a efectos de garantizar la independencia de las decisiones relacionadas con la prescripción, dispensación, y administración de medicamentos respecto de intereses comerciales se prohíbe el ofrecimiento directo o indirecto de cualquier tipo de incentivo, bonificaciones, descuentos, primas u obsequios, por parte de quien tenga intereses directos o indirectos en la producción, fabricación y comercialización de medicamentos a los profesionales sanitarios implicados en el ciclo de prescripción, dispensación y administración de medicamentos o a sus parientes y personas de su convivencia. (…)”.

Es más, el artículo 101.2.b) 28ª y 29ª de esa ley tipifica como infracciones graves

“ofrecer directa o indirectamente cualquier tipo de incentivo, bonificaciones, descuentos prohibidos, primas u obsequios, efectuados por quien tenga intereses directos o indirectos en la producción, fabricación y comercialización de productos sanitarios, a los profesionales sanitarios, con motivo de la prescripción de los mismos, o a sus parientes y personas de su convivencia”, así como “aceptar, los profesionales sanitarios, con motivo de la prescripción, dispensación y administración de medicamentos y/o productos sanitarios con cargo al Sistema Nacional de Salud, o sus parientes y personas de su convivencia, cualquier tipo de incentivo, bonificaciones, descuentos prohibidos, primas u obsequios efectuados por quien tenga intereses directos o indirectos en la producción, fabricación y comercialización de medicamentos y productos sanitarios”.

De igual modo, los artículos 17 y 19 del citado Real Decreto 1416/94, de 25 de junio, por el que se regula la publicidad de los medicamentos de uso humano disponen, respectivamente, que

“queda prohibido otorgar, ofrecer o prometer a las personas facultadas para prescribir o dispensar medicamentos y en el marco de la promoción de los mismos frente a dichas personas, primas, ventajas pecuniarias o ventajas en especie, con excepción de aquellas que tengan un valor insignificante y que sean irrelevante para la práctica de la medicina o la farmacia” y que “las personas facultadas para prescribir o dispensar medicamentos no podrán solicitar o aceptar ninguno de los incentivos prohibidos en virtud del artículo 17 o que no se atengan a lo dispuesto en el artículo 18 del presente Real Decreto”.

El propio Código de Deontología Médica del Colegio General de Médicos de España, aprobado por la Organización Médica Colegial de España, aun siendo poco restrictivo, señala en su artículo 23.1 que

“el médico debe disponer de libertad de prescripción, respetando la evidencia científica y las indicaciones autorizadas, que le permita actuar con independencia y garantía de calidad”.

En otras latitudes existen códigos más explícitos. Baste citar, por ejemplo, los Principios Éticos y Código Deontológico de la Asociación Colombiana de Psiquiatría Legal, que en su artículo 39 señala que

“el (la) psiquiatra no deberá aceptar obsequios suntuosos o excesivos, o que no tengan utilidad directa en el ejercicio de la profesión. Podrá en cambio aceptar de la industria invitaciones que mejoren sus conocimientos y la calidad de su ejercicio profesional”, así como el 40, que dispone que “el (la) psiquiatra debe rechazar y denunciar toda actividad que pretenda premiarlo por la cantidad de fórmulas que produce de una determinada marca. El intercambio de recetas por artículos, viajes o participaciones en eventos médicos nacionales o internacionales, va en contra de la ética de la relación médico – industria farmacéutica”.

Por su parte el manual ético del American College of Physicians (APC) “desaprueba vehementemente” la aceptación de regalos, viajes, subsidios, etc., por parte del médico individual, señalando además que “incluso la aceptación de regalos de pequeña cuantía se ha demostrado que afecta al juicio clínico y plantea la percepción de un conflicto de intereses”.

3.2.- Los principios

Los profesionales sanitarios implicados, además, son funcionarios públicos y en tal condición prestan sus servicios profesionales en el sector público sanitario, están sujetos, además de a lo anterior, a un régimen jurídico específico.

La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público dispone en su artículo 52 que los empleados públicos deberán actuar con arreglo a los principios de objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, transparencia, ejemplaridad, austeridad, eficacia y honradez, entre otros. El 53 – que lleva por título “principios éticos”- señala respectivamente en sus números 2, 5, 8 y 11 que

“su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio”, “se abstendrán (…) de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público”, “actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización” y, en fin, “ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos”.

El artículo 54.6 – “principios de conducta” -, añade que “se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal”.

Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas establece –artículo 1.3 – que

“en cualquier caso, el desempeño de un puesto de trabajo por el personal incluido en el ámbito de aplicación de esta Ley será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, público o privado, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia”.

El tenor literal del precepto no deja lugar a dudas sobre la proscripción de cualquier actividad que pueda comprometer la imparcialidad o independencia del funcionario en cuestión. El artículo 20.1 de esta ley señala a su vez que “el incumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriores será sancionado conforme al régimen disciplinario de aplicación (…)”.

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19 comentarios

  1. Señores no nos engañemos, vivimos en una sociedades manipulada en donde todo se vende y se compra. Para que tomarla ahora con los visitadores, si son meras personas que se buscan la vida. Si hay interés en el tema, que tal si hablamos con los grandes peces gordos y con nuestros amados políticos que son los que hacen y facilitan, legitimizan y dan cuerda a que este tipo cosas sigan existiendo. Ellos nos manipulan y nosotros nos peleamos entre nosotros mientras ellos nos observan desde el palco. Be smart my friend!

  2. Luis, yo también entendía que George Gurdjieff hablaba de Visitador Médico. Creo que ha sido un malentendido sin más provocado por los troles que pululan por aquí.

  3. George Gurdjieff, ¿de quien hablas? ¿hablas tu de cinismo? Háztelo ver tu primero, que creo que no sabes ni de lo que hablas.

  4. Otro troll demagogo. Al menos este no es mojigato, alardea tanto de su cinismo que no hay que desenmascararlo. Y encima agresivo. Almas vendidas por dinero, habría que psicoanalizaros… a vosotros y a vuestros superiores…

  5. Visitador médico,

    El tema que está manido (no “manito” como escribes tú) es hablar en este foro de los métodos de venta que utiliza la industria farmacéutica y que se denuncian en “Laboratorio de Médicos“.

    Por imagen, aprende a escribir y a rebatir con argumentos tu postura.

  6. Estimado Doroteo, no será este canal el que utilice para aportar algo nuevo al tema de la relación de la IF con los médicos. Es más, dudo mucho que culpabilice a médico alguno, aún cuando hay profesionales entre los médicos de chantajear al visitador para que le regale/pague/invite… Mi animadversión a la IF vienen dados por hechos acreditados, graves, acaecidos en la empresa en la que trabajaba contra sus propios trabajadores… y que a pesar del paso del tiempo, no consigo digerir. Es muy, muy posible que lo plasme todo en un libro… y deje de aburrirte con mis comentarios.

    Visitador médico, no sé si talentoso, pero pesado… eres un rato.

  7. Disculpa Nikita:
    de nuevo acabas de hacer publicidad del libro de Jara.
    ¿No sera Jara tu jefe quien te presione para que anuncies todo el rato el titulo del libro de quien dices ser protagonista?
    ¿Que la visita medica sea un tema manito? me da la impresion que confundes el estar quemado o desilusionado de un profesion con otros coceptos.

  8. Disculpa, Doroteo, a la vista de los comentarios creo que sustancialmente Luis Lafuente tiene una opinión muy parecida a la tuya de la visita médica.

    Sinceramente, yo tampoco entiendo por qué dices que sus comentarios son infantiles o que es un bonachón… Estoy de acuerdo completamente con sus comentarios y, por otro lado, puedo entender también que estés quemado por la experiencia que viviste como visitador médico víctima de los chanchullos de tus superiores.

    Este tema está tan manido que es difícil aportar nada nuevo. Para mí es suficiente que otro profesional del sector como Luis Lafuente corrobore básicamente lo que llevo tiempo denunciando en este foro y en “Laboratorio de Médicos“; ni tu ni yo aportamos con nuestros comentarios nada nuevo tampoco. Está todo dicho.

  9. L.de la Fuente.- perdoname, pero sigues sin decir nada nuevo y ademas sigues con comentarios infantiles,lo de bonachon…te lo crees todo y sigues como el juego de la oca… porque me toca. Aqui termino , y no pienso continuar filosoficammente tu tema. No te ofendas , pero estoy muy quemaoooooooooo con la industria y con el que fue mi laboratorio 34 años, con sus jefes y otros, todoos deberian de pagar la crueldad a la que nos someten, en esta vida , no todo es el dinero, la felicidad es que puedas tomar decisiones y yo las tomé aunque he perdido muchas cosas que las conseguí con mi esfuerzo, era de los primeros en ventas y tenian que mamar, hasta que me canse de ellos , tuvieron que claudicar , si, perjudicando mis intereses, y eso no es justo,que despues de 34 añios en la misma empresa salgas por la puerta chica por sus chanchullos.Mi jefe tiene un apellido pegado al hierro, mi jefa un apellido a la fuente, mi otro jefe un apellido pegado a la arena, nos hicieron cambiar nuestro chip para ellos tener triunfos, unos triunfos de mierda porque ,se tiraron al mar dejando a sus marineros en el barco mientras ellos huian en los botes .Y los marineros se ahogaron por no saber nadar. Es justo? entiendes mi cabreo? A la carcel todos ellos por haber sido los inductores del tarugueo.no te enfades,entiende mi postura, ademas, esperaba mas de tus comentarios, algo nuevo.

  10. Doroteo, no cojo mucho en tu escrito refiriéndote a mi. Y si, si soy visitador, hace ya tiempo. No entiendo lo de bonachón y mucho menos infantil. Te puedo asegurar que en un laboratorio, un comité de empresa con dos cojones y con la ley en la mano, se acaban muchas desviaciones.

  11. Para L.Lafuente, permiteme que use la palabra bonachon, y ademas me da la impresion que tu no eres visitador medico.Cambiar no ha cambiado nada en el aspecto legal, En principio te diré que no es legal, ni regalar un boligrafo. Hasta las narices de reuniones especiales para hablarnos del códigio ético, y despues no sirve para nada, porque luego te imponen que busques clientes como sea, que hay que gastarse el dinero de la zona, inventate algo, joder, no eres capaz de buscarte diez medicos, coño? es el lenguaje del jefe de zona.

    Es un surrealismo total el teatro que se montan TODOS los laboratorios.Lo que comentas en tu escrito es lo que se ha hecho siempre, es que no hay otra salida, no ves que está todo inventado? .En el momento que a los trajeados jefes de zona ,directores de marketing, porque jefes y directivos hay hasta para ir a W.C. ,que solo sirven para amargar la vida del desgraciado bien pagado visitador medico corderito , sino los meten en la carcel a estos jfes de areas,zona,o el nombre que quieras darle, cuanto mas elegante mejor para ellos, mas anchos se ponen y estirados, ese abuso de poder ,de exprimir al corderito,mientras no se castiguen a estos SEÑORES trajeados , con mas mala leche que un perro chico, esto no se acaba.Estan superprotegidos.

    Le amargan la vida al visitador medico, a la mujer del visitador medico porque le presionan, y él presiona a su vez donde puede que es con la familia, donde paga su mal humor. Solo saber el dia de antes que viene el jefe, la diarrea se hace presente . A la carcel estos señores jefes ,manejan de intenciones buenas practicas, pero en el hacer diario si hay que romper las normas, rompelas. ;Lo siento DON L.Lafuente, tu escrito ademas de infantil, no dice nada nuevo.

  12. Si, es cierto, rectifico, de lo que nos han hablado y mucho es del Código Deontológico de Farmaindustria. Con cursos, exámenes y firma incluida. Pero a mi también me han hablado de legislacion, el último laboratorio en el que trabajo son mucho más extremos y hacen más hincapié en legislacion y normativa al uso.

  13. Luis Lafuente,

    yo hablo desde mi conocimiento y mi experiencia. En más de 10 años, nadie me habló en el laboratorio de las leyes que regían las relaciones entre la IF-médicos. Sí es cierto que impartieron diferentes, aburridos y reiterativos “cursos” sobre el Código Etico (interno) y sus actualizaciones, en los que informaban de las graves consecuencias de su incumplimiento. Por otro lado, en las reuniones territoriales lideradas por los gerentes se repartían los presupuestos y se informaba de cuál iba a ser la manera “más limpia” de saltarse a la torera los códigos sin dejar rastro (facturas de comida, facturas de cursos, consumibles…) No obstante, si ahora se habla de las leyes y de sus consecuencias penales o civiles, es un paso adelante. Personalmente, pude comprobar como el Código Etico era una mera tapadera porque de consecuencias legales por su incumplimento, nada de nada. Es más los principales implicados, han ascendido a pesar de haber habido una detención y ser noticia de varios periódicos.

    Totalmente de acuerdo en que se está produciendo un cambio de forma pero no de fondo. Los ejemplos que has puesto son los clásicos. En la actualidad, hay que optimizar los recursos, que son más escasos, pero no pueden permitirse el lujo de abandonar el sistema que les ha dado y les da tantos beneficios. Solo hay que ver el perfil demandado en los anuncios de oferta de empleo de visitadores médicos o leer los comentarios como los de los candidatos de los repetitivos procesos de selección de Janssen-Cilag en la que buscan licenciados pero no encuentran su particular mirlo blanco posiblemente porque no son suficientemente agresivos como vendedores.

    http://javiyep.blogspot.com.es/2010/04/janssen-cilag.html

    Asimismo, estoy de acuerdo con que el sistema IMS raya la ilegalidad porque no debería poderse comercializar con datos tan sensibles como son las prescripciones médicas. Es por ello que utilizan datos estadísticos, aproximados, que no tienen por qué ser reflejo de la realidad y son utilizados para diferentes fines, como el que comentas.

  14. Sin duda, es un exhaustivo e interesante análisis de la normativa jurídica que regula las relaciones entre la industria farmacéutica y los médicos. Está claro que el protagonista de estas relaciones es el visitador médico. Desde aquí mi agradecimiento a su autor.

    Espero que sean muchos los visitadores médicos que lean el artículo y se informen de estos aspectos jurídicos que tan directamente afectan a su profesión, y que tan olvidados (interesadamente, por supuesto) han estado por los departamentos de RRHH de los laboratorios farmacéuticos.

    Me gustaría pedirle desde aquí al Sr. De la Iglesia que nos pusiera algunos ejemplos, a partir de los hechos que aparecen en el libro “Laboratorio de Médicos“, que pudieran incardinarse en el delito de cohecho de nuestro Código Penal; dada la escasa jurisprudencia que existe en relación con este tema, contar con su opinión y su buen criterio, contribuirá a tener una referencia doctrinal que sin duda hará reflexionar acerca de la legitimidad las empresas farmacéuticas para imponer o permitir determinados métodos de venta y las consecuencias legales que llevar a cabo dichas prácticas pueden suponer a nivel personal para los visitadores médicos.

    Hoy en día los presupuestos de inversión, cuyo nombre es sumamente sospechoso por sí mismo en el contexto que nos ocupa, parece ser que se han visto reducidos, pero no han desaparecido. Los laboratorios “más éticos” destinan la mayoría de estos presupuestos para financiar comidas/cenas o eventos en restaurantes caros (60-100 euros/persona), sin acto científico alguno. ¿Qué opinión jurídicamente hablando le merecen este tipo de prácticas? ¿Considera que se trata de actividades legales o por el contrario piensa que quebrantan alguno de los preceptos anteriormente señalados?

    Aunque es uno de los principios básicos del derecho, me da la sensación de que hay muchos que creen que cuando la mayoría ignora las leyes, tienen vía libre para hacer lo que les da la gana.

  15. Perfecto, así ha de ser. Y la verdad, las cosas han cambiado mucho en el aspecto de legalidad en los laboratorios. Los visitadores conocen las leyes perfectamente. La IF les ha hecho estudiárselas hasta la saciedad y comprometerse por escrito a respetar la ley para no perjudicar la imagen de la firma. Antes eran regalos, dinero, invitaciones lúdicas, vacaciones, cheques gasolina… Ahora el galeno se lo curra más, si quiere dinero tiene que hacer un caso clínico o una charla, si quiere ir a un congreso chulo tiene que comprometerse con la prescripción, si quiere un ordenata, sacarlo como donacion, que quiere mucho más dinero… Pues se hace una fundación para investigar, que quiere un pellizco para gasolina, el visitador le paga dietas de viaje para congreso. Eso si, todo muy, muy legal. Han cambiado las formas, pero no el fondo.

    De una vez, o cambia la visita médica, o siempre se buscarán millones de argucias para que el médico se sienta obligado a recetar una marca, o una gama a una empresa que colabora con él.

    Al visitador no le dan una plaza para un médico así por así, para un congreso internacional que vale una pasta… No, le dan una plaza para un médico al que hay que medirle antes del congreso si ha recetado el volumen requerido. Y el que tiene la obligación de presionarle, es el visitador. Y si receta, el visitador gana dinero… Y si no, va la calle a las primeras de cambio.

    En realidad nadie quiere pensar, indagar, regular, limitar la visita médica y que el visitador deje de ser una marioneta manejada por FI, convirtiéndole en un simple comisionista circunscrito al territorio que visita, y con la diabólica herramienta IMS por medio. El IMS es un estudio de mercado que te dice las cajas de un producto que se venden en un barrio, pueblo, hospital, centro de salud… Y es la savia de un sistema de presión al visitador. El uso del IMS debería de estar prohibido por ley.

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